08/04/2019
Maratón de partidos políticos en tiempos preelectorales.
La reciente legislación española favorece el hacer propaganda política a través de las redes sociales, una especie de regulación del tan cacareado Cambridge Analyst y otros que han descubierto cómo impulsar una intención de voto hacia un lado u otro del espacio electoral y que de tanto le sirvió, por ejemplo, a Trump, al Brexit o al mismo Partido Popular en las últimas elecciones.
No deja de ser curioso el hecho de que en plena campaña electoral, como de siempre ha sido, los diferentes partidos dediquen muy importantes recursos a defender sus propuestas, veces justas, honradas, necesarias, de vital importancia para el país pero otras que no pasan de burdas promesas muchas veces del todo imposibles de cumplir. Para ello recurren a la inventiva, a las verdades a medias, a informaciones trucadas, fuera del contexto que se quiere transmitir, extracciones parciales, etc.
Y todo ello en una sociedad que se autoproclama democrática donde existe todo tipo de ideología política y donde caben los que piensan que nuestros gobernantes deben encaminar sus políticas hacia la protección de su dinero e incluso abrir canales para permitir que éste aumente, favorecer el pelotazo, la trampa fiscal y demás artilugios democráticamente insanos. También los que piensan diametralmente de forma opuesta, tanto que el hablar de un partido o de otro hoy en día resulta hasta casi absurdo.
¿Por qué? Pues porque ante tan alto número de opciones para votar resulta casi imposible entender que alguien luche, grite, discuta, imponga y hasta pierda amistades, como si de equipos de fútbol se tratara, en pro de un determinado partido político. Parece más lógico y de mentalidad madura el meditar seriamente las conveniencias de nuestro país, lo que realmente sería bueno y lo que no. Los de una parte y los de la otra y una vez definidas, buscar el partido que más se asemeje o camine en consonancia a sus criterios que de seguro no cumplirá con la totalidad. Y entre todas las opciones, seleccionar aquélla que más puntos coincidan con los que yo he deducido y nunca dejar de votar.
Vengo a meditar en que me parece mucho más justo, incluso lógico, que lo que se discuta sean ideas y no sobre partidos y que de esta forma ganaríamos, nos enriqueceríamos todos. Independientemente de lo que se cuente en los mítines y actos de campaña, ¿existe realmente costumbre de analizar documentalmente los programas de cada uno para tomar nuestras decisiones o seguimos con el “y tú más”, unos cabreados por lo de Paracuellos con Santiago Carrillo y otros por lo de la masacre de Badajoz con Yagüe? Sería diferente el ambiente…¿o no?
martes, 16 de julio de 2019
21/04/2019
Una, Grande y Libre. Lema tripartito franquista que expresaba el concepto nacionalista de España como indivisible, imperial y sin influencias extranjeras….
¿A alguien le suena esta cantinela ya en desuso?
Es que escucho a varios partidos y políticos hablar de “aquéllos que quieren romper España” al referirse a los independistas catalanes. Como si fueran los únicos en este país que aspiran a conseguir para sus regiones esta condición. Pero no parece que comprendan que en un Estado como el nuestro las cosas se consiguen, si la voluntad del pueblo es, por las vías democráticas que tanto nos ha costado alcanzar que, haberlas, háylas… Otras no existen, ni siquiera con la violencia y nuestro Estado de Derecho las ha de defender.
Pero esa expresión de “romper España” puede que tengan un alcance mayor del que se pretende imputándose únicamente a nuestros españoles catalanes. Porque me pregunto, por ejemplo, cuando se modificó el artículo 135 de nuestra Constitución con tan graves consecuencias para el pueblo llano y consensuado por el partido en el Gobierno entonces (PP) y el líder de la oposición (PSOE), ¿no se rompía un poco España? ¿No se cedía soberanía a la U.E. como en otras tantas ocasiones? ¿Nos olvidamos de cuando al B.C.E. se negaba a comprar deuda española si no se accedía a ello? Menos mal que aún existían países que sí lo hacían, a saber si con otro tipo de condiciones pues hoy en día se puede pensar en muchas cosas. China, India, Brasil… Sí, a tipos muy altos pero gracias a ellos pudimos cobrar los jubilados nuestras pensiones; los empleados públicos sus sueldos, atender los gastos sociales, etc… Pero la prima de riesgo española por las nubes… Pan para hoy… No ha habido partido en el Gobierno capaz de asumir la responsabilidad de decir a los pensionistas que se les rebajaba su pensión; o que se les suprimiría las dos pagas extras del año, a los funcionarios que cobrarían menos…pero los políticos de turno, esos sí que seguirían con sus emolumentos tan sustanciosos… Siempre resultó ser más fácil ceder a las enormes presiones a las que nos someten que arriesgarse a una debacle muy difícil de superar.
¿Deberemos tomar ejemplo de nuestro país vecino, Portugal? Porque para muchos países del mundo lo es, por la forma de gestionar su salida de la crisis que le embargaba.
Claro que un país endeudado hasta las cejas tras la cleptocracia y corrupción cada vez más al descubierto, pocas posibilidades tiene de mantener su libertad, su soberanía, su grandeza…
Cuando nuestro país y otros de la zona sur de la U.E. se han visto en serias dificultades para dar salida a sus productos al exterior, ¿la U.E. devaluó en algún momento el Euro siquiera unos céntimos para aliviar la situación de aquéllos o mantuvo su valor porque a los del norte les iba muy bien manteniendo su valor? Por no hablar del orgullo germano-francés ante el todopoderoso dólar americano…¿Eso no es romper España? Para mí esta afirmación tan utilizada hoy en día y tras esta reflexión es puro baladí.
Una, Grande y Libre. Lema tripartito franquista que expresaba el concepto nacionalista de España como indivisible, imperial y sin influencias extranjeras….
¿A alguien le suena esta cantinela ya en desuso?
Es que escucho a varios partidos y políticos hablar de “aquéllos que quieren romper España” al referirse a los independistas catalanes. Como si fueran los únicos en este país que aspiran a conseguir para sus regiones esta condición. Pero no parece que comprendan que en un Estado como el nuestro las cosas se consiguen, si la voluntad del pueblo es, por las vías democráticas que tanto nos ha costado alcanzar que, haberlas, háylas… Otras no existen, ni siquiera con la violencia y nuestro Estado de Derecho las ha de defender.
Pero esa expresión de “romper España” puede que tengan un alcance mayor del que se pretende imputándose únicamente a nuestros españoles catalanes. Porque me pregunto, por ejemplo, cuando se modificó el artículo 135 de nuestra Constitución con tan graves consecuencias para el pueblo llano y consensuado por el partido en el Gobierno entonces (PP) y el líder de la oposición (PSOE), ¿no se rompía un poco España? ¿No se cedía soberanía a la U.E. como en otras tantas ocasiones? ¿Nos olvidamos de cuando al B.C.E. se negaba a comprar deuda española si no se accedía a ello? Menos mal que aún existían países que sí lo hacían, a saber si con otro tipo de condiciones pues hoy en día se puede pensar en muchas cosas. China, India, Brasil… Sí, a tipos muy altos pero gracias a ellos pudimos cobrar los jubilados nuestras pensiones; los empleados públicos sus sueldos, atender los gastos sociales, etc… Pero la prima de riesgo española por las nubes… Pan para hoy… No ha habido partido en el Gobierno capaz de asumir la responsabilidad de decir a los pensionistas que se les rebajaba su pensión; o que se les suprimiría las dos pagas extras del año, a los funcionarios que cobrarían menos…pero los políticos de turno, esos sí que seguirían con sus emolumentos tan sustanciosos… Siempre resultó ser más fácil ceder a las enormes presiones a las que nos someten que arriesgarse a una debacle muy difícil de superar.
¿Deberemos tomar ejemplo de nuestro país vecino, Portugal? Porque para muchos países del mundo lo es, por la forma de gestionar su salida de la crisis que le embargaba.
Claro que un país endeudado hasta las cejas tras la cleptocracia y corrupción cada vez más al descubierto, pocas posibilidades tiene de mantener su libertad, su soberanía, su grandeza…
Cuando nuestro país y otros de la zona sur de la U.E. se han visto en serias dificultades para dar salida a sus productos al exterior, ¿la U.E. devaluó en algún momento el Euro siquiera unos céntimos para aliviar la situación de aquéllos o mantuvo su valor porque a los del norte les iba muy bien manteniendo su valor? Por no hablar del orgullo germano-francés ante el todopoderoso dólar americano…¿Eso no es romper España? Para mí esta afirmación tan utilizada hoy en día y tras esta reflexión es puro baladí.
16/07/2019
Españoles…el bipartidismo… ha
muerto…
Chiquito problema cuando un
matrimonio con cuatro hijos quiere organizar un día festivo en familia. Dos de
los hijos quieren pasar el día en la playa y los otros dos en el campo y
ninguno está dispuesto a ceder en sus deseos. Ante tal situación, el padre
plantea pasar la primera mitad del día al aire libre en el campo, comida
incluida. Y después, mientras se hace la digestión, bajar a pasar la tarde en
la playa que para eso vivimos en un lugar idóneo para ello. Ambas parejas de
hijos han tenido que ceder parte de sus deseos y si bien no les hace muy
felices, lo asumen y ambos tienen lo que quieren. Prueba de ello es el hecho de
que al regreso a última hora de la tarde a todos los hijos les faltó pocos
segundos para quedarse en los brazos de Morfeo…Por fin un respiro para sus
padres…y para los hijos…
En nuestro país, en el año 2008
los votantes de los dos partidos mayoritarios (PP y PSOE) sumaban el 83,81% de
los votos. En 2019 esta cifra queda reducida al 45,83%.
En el mismo período de tiempo,
los partidos con mayor representación parlamentaria dentro del grupo
conservador acaparaban el 39,94% en el primer período para pasar al 42,82% en
la actualidad. Los progresistas lo hacen
del 47,64% al 43,72%.
Resumiendo: PP vs PSOE,
decremento del 38,43%
Conservadores
incremento de un 2,88% (*)
Progresistas,
decremento de un 3,92% (*)
(*) No se incluyen grupos de
mínima o muy baja participación y por la diversificación de ideologías por
considerar que no afectaría al análisis global.
De estos datos se puede
desprender que en España ya no vale la concentración de partidos, no es fórmula
válida. La aparición de nuevos partidos, nuevas tendencias o recuperación de
aspiraciones pretéritas nos han llevado a la situación actual.
Por otra parte se deduce que
prácticamente la mitad de los votantes en nuestro país eligen tendencias de
derechas mientras que la otra mitad lo hacen de izquierdas. ¿Cómo resolver este
dilema, cómo actuar en buena lógica para que el país viva medianamente bien
sabiendo que, si no todas sus tendencias están representadas, sí una buena
parte de ellas?
A pocos habitantes de nuestro
país se le esconden las controversias, luchas internas, discusiones y enormes
problemas que supuso en 1978 la redacción y posterior aprobación de la
Constitución Española, modificada con la aprobación de los dos partidos
mayoritarios en septiembre de 2011 en su artículo 135, hecho tan polémico por
su trascendencia política, social y económica. Si en aquél entonces se buscaban
acuerdos que permitieran la entrada de una democracia, bandos muy sólidos de
todas las direcciones fueron capaces de llegar a acuerdos para tal fin…y se
consiguió en la medida que se podía esperar dentro de las circunstancias de
aquélla época.
A lo mejor convendría hoy, próximas las propuestas de
investidura del próximo Gobierno, apelar al espíritu que en 1978 en el sentido
de asumir la realidad de la voluntad política de nuestros ciudadanos, a cuyo
beneficio debería estar encaminada aquélla acción, y buscar fórmulas
encaminadas a una convivencia real y participativa, que permitan difuminar esos
odios, comentarios insultantes que hoy se dan en la vida real… De no
conseguirse, siempre habrá enfrentamientos entre una mitad y la otra en nuestro
país.
Quizás la solución pasaría por
tirar por la puerta del medio como decía un compañero de trabajo y dibujar un
nuevo sistema de gobierno donde tuvieran cabida los unos y los otros,
capitaneado por la opción más votada pero con distribución de responsabilidades
ministeriales que a su vez permitiera a los ciudadanos sentirse representados…y
beneficiados. ¿Hablo de gobierno de coalición al entender que todos buscan el
mismo fin, vivir mejor y en armonía? Yo creo que sí.
Para el camino muchos nos
entregaríamos más fácilmente a los brazos de Morfeo…
martes, 20 de noviembre de 2012
Responsabilidad de los notarios en las hipotecas
Actuación de los Notarios en la formalización de escrituras
hipotecarias. Críticas.
Noviembre de 2.012
Por motivos laborales me he
visto en la obligación de asistir en numerosas ocasiones a la firma de
escrituras constituyentes de hipotecas, normalmente seguidas de la firma de la
escritura de compraventa en un acto simultáneo, en las que he podido observar
los siguientes aspectos que dada la situación actual parecen tener especial
relevancia.
Aunque está establecido que
las minutas (copias de las escrituras que se van a firmar) deben estar
disponibles para los intervinientes tres días antes de la firma, lo cierto y la
práctica nos demuestran que eso no es así. Las prisas de los compradores (y acto
seguido hipotecantes) y también de los bancos por cerrar las operaciones, hacen
que las copias de dichas escrituras sean reclamadas a la mayor brevedad a los
administrativos de las notarías para a la vez concretar hora para las firmas.
Dichas copias son estudiadas con mucho detenimiento por los apoderados de los
bancos que van a firmar las operaciones, dada la responsabilidad que conlleva
el acto, procediendo a reclamar de la notaría las correcciones que estimen que
han de hacerse. Los compradores e hipotecantes suelen escuchar las explicaciones
que les da el mismo apoderado del banco ya que tienen dificultades para
comprender muchos de los aspectos que se exponen en los documentos a firmar.
Posteriormente se pasa a la
sala de firmas donde el Notario procede a la identificación de los comparecientes
y a la lectura de las escrituras de compraventa e hipoteca.
Debe ser que han leído miles
de ellas porque, en muchos de los casos que he vivido es imposible seguir el
guión. Más bien parece que están diciendo misa que leyendo una escritura
aunque, eso sí, al terminar preguntan si ha quedado todo claro…
A continuación expongo copia
de partes de una escritura normal de préstamo hipotecario firmado en mayo de
este año 2.012 con algunos comentarios sobre las mismas.
CARGAS.- Está sujeta a una AFECCION
FISCAL, de cuyo
contenido
advierto.--------------------------------
Salvo lo anterior, se
encuentra libre de cargas y
gravámenes.-------------------------------------------
Vaya usted a explicarle a los
compradores que las afecciones son eso, afecciones y no cargas que puedan
fastidiarle la vida en un futuro…
INFORMACION REGISTRAL.- La
descripción, titularidad
y estado de cargas resultan
de las manifestaciones
de la parte disponente, bajo
su responsabilidad, y del
titulo de
propiedad.----------------------------------
La comprobación de la
situación registral de titularidad
y cargas se ha realizado,
ante la imposibilidad
técnica de acceder por vía
telemática al contenido
de los Libros del Registro
(prevista en el art. 222.10
de la Ley Hipotecaria), por
medio de NOTA INFORMATIVA
remitida por CORREO
ELECTRONICO por el Registro de la
Propiedad competente, la
cual dejo unida a esta matriz.
Por esta razón, advierto a
las partes de la posible
existencia de discordancia
entre la información
registral recibida y los Libros del
Registro
Es decir, el mismo notario se lava las manos para el caso de que
una nota simple no refleje la situación de cargas verdadera. Igual pesa sobre lo que se va a
comprar e hipotecar un embargo en vía ejecutiva, u otra hipoteca, vaya Vd., a
saber. Si es así, ¿por qué autoriza la escritura si para él no es suficiente la
copia remitida por correo electrónico? Es cierto que las notas simples son eso,
simples copias de lo que figura en el Registro, como una fotocopia de la hoja
del libro por lo que son más baratas. La solución pasaría por solicitar un
certificado del Registro, documento que sí da fe de las exacta situación
registral, firmado por el propio Registrador quien asume responsabilidad plena
de lo que allí se expone. No olvidemos que tanto el Registrador como el Notario
son funcionarios públicos, dando fe de los documentos que autorizan. Por
supuesto, es mucho más cara dicha información.
Por regla general, el sistema
funciona de la siguiente manera: Cuando se va a escriturar una transmisión
(compraventa), la notaría solicita por fax o correo electrónico una nota simple
al Registro de la Propiedad donde se encuentre inscrito el bien a transmitir.
El Registro la remite y advierte que durante tres días no practicará
inscripción alguna, es decir, respetará que el bien está siendo transmitido. Si
pasados esos tres días no tiene más noticias del tema, el Registro tiene
libertad para hacer otras modificaciones en la inscripción del bien, por
ejemplo, otra supuesta venta del mismo bien en otra notaría.
A su vez la notaría, una vez
formalizada las escrituras las comunica por fax o correo electrónico al
Registro para su inscripción, que será definitiva cuando les sean presentadas
las escrituras originales.
La parte acreditada recibe
en este acto de "el Banco" la cantidad de CINCUENTA MIL EUROS (50.000,00)
en concepto de primera disposición, cuya inscripción
expresamente se solicita a
los efectos prevenidos en
el artículo 32, número 1,
letra f), segundo inciso del
R.D. 685/82 de 17 de marzo,
por el que se desarrolla
la Ley 2/81 de 25 de marzo
del Mercado Hipotecario. --
Una vez realizada esta
disposición, el límite del
crédito queda establecido en
una cantidad equivalente
a CINCUENTA MIL EUROS (50.000,00). -------------------
Siguientes párrafos…
B) Índice de Referencia Adoptado. ---------------
Es el denominado
"REFERENCIA INTERBANCARIA A UN
AÑO" que se publica por
el Banco de España con periodicidad
mensual, en el Boletín
Oficial del Estado. ---
Este Índice se define por el
Anexo VIII, apartado
7, de la Circular 8/90 del
Banco de España, como la
media aritmética simple de
los valores diarios de los
días con mercado de cada
mes, del tipo de contado publicado
por la Federación Bancaria
Europea para las
operaciones de depósito en
euros a plazo de un año
calculado a partir del
ofertado por una muestra de
bancos para operaciones
entre entidades de similar calificación (EURIBOR).
--------------------------------
El importe absoluto de los
intereses de demora,
cuando se devenguen, se
obtendrá aplicando la fórmula
aritmética número 4,
prevista al efecto en el ANEXO
NÚMERO UNO de esta escritura. ------------------------
PACTO NOVENO. Extensión de la garantía. ----------
Con la finca que se hipoteca
quedan asimismo hipotecados
cuantos elementos, bienes y
derechos se enumeran
en los artículos 109 y 110
de la Ley Hipotecaria,
y además, por pacto expreso,
los enumerados en el artículo
111 de dicha Ley, los
terrenos agregados, y los
edificios construidos donde
antes no los hubiere, en
cualquier caso sin perjuicio
de lo establecido en el
artículo 112 de dicha Ley.
------------------
En todas las firmas de escrituras a
que he asistido, en ninguna ha explicado el notario de qué va el articulado a
que se refieren estos párrafos. ¿Cómo sabe el comprador e hipotecante a lo que
se está comprometiendo si no sabe de qué va la cosa? ¿Sabrá entender las
fórmulas de cálculo en el anexo que se indica?
Y esto, unido a la desinformación
sobre el sentido y forma de cálculo del valor de la responsabilidad hipotecaria
en caso de subasta por impago, donde se indica un importe muy superior al que
se solicita en préstamo, asusta a cualquiera, provocando que se salga de la
notaría con cara de tonto preguntándose qué es lo que realmente ha firmado…
En conclusión, no solo los bancos
tienen su responsabilidad en el drama que vivimos hoy. También los fedatarios
públicos han tenido algo que ver.
El notario intenta en todo caso
lavarse las manos ante posibles problemas futuros, haciendo recaer en los compradores
e hipotecantes, sin conocimientos jurídicos, la responsabilidad sobre cualquier
problema que pueda surgir con sus terribles consecuencias.
No informan, por tanto, a los
intervinientes de los riesgos que corren, muy serios como estamos viendo.
No es habitual que la misma
notaría, a través de su oficial, explique detenidamente a los intervinientes el
alcance de lo que se va a firmar, independientemente de que el notario vuelva a
leer los documentos en su presencia.
Demuestran desmesurado interés por
captar escrituras de los bancos ya que es su negocio. Incomprensible que se
necesite de ellos para hacer valer una propiedad o derechos de forma oficial y se les ponga el negocio en sus
manos… A mayor número de escrituras, mayor rentabilidad. ¿Estarían muchas
familias hoy por hoy en la situación lamentable en que se encuentran de haber
sabido realmente dónde se metían?
Indudablemente muchos sospechaban
lo que les podía pasar.
No olvidemos que profesionales de
la enseñanza y hasta profesores de universidad se encuentran en situaciones
complicadas actualmente, no solo profesionales de baja cualificación. Pero esta
reflexión va destinada a los que, siendo serios y responsables,
independientemente de su formación, cayeron en una trampa injusta con los poderes
públicos mirando para otro lado.
jueves, 8 de noviembre de 2012
¿Una solución para los desahucios?
¿Una solución para los
desahucios? Noviembre
2.012
Partiendo de la base de que el pleno dominio de una vivienda
lo constituye la suma del usufructo y la
nuda propiedad, a lo mejor se encuentre en esta simple operación aritmética la
solución a muchos de los desahucios que estamos viviendo actualmente en nuestro
país.
¿Cómo combinar ambos sumandos de tal forma que los
hipotecados que no han podido hacer frente a las cuotas de los préstamos
suscritos para la adquisición de sus primeras viviendas y además, domicilio
familiar, ingresos insuficientes, etc. puedan evitar que las entidades
financieras ejecuten sus derechos emanantes de las escrituras aceptadas ante
notario?
Si en realidad existiera voluntad de solucionar este
gravísimo problema que hoy nos atañe tan directamente como es la continua
pérdida de viviendas por parte de tantas y tantas familias, con sus trágicas
secuelas, a lo mejor podría aplicarse el
sistema siguiente:
Dado que el banco mantiene su derecho a ello, podría
establecerse vía Gobierno Central el sistema de ceder al banco la nuda
propiedad de la vivienda y el usufructo a los prestatarios en morosidad, sin
posibilidad de continuidad del mismo para sus descendientes. ¿Qué se consigue
con ello?
Lo más importante que la familia continúa en su hogar.
Las familias que tengan ingresos fijos o variables pero
insuficientes como para afrontar las mensualidades, tendrían la oportunidad de
recuperar su vivienda en un futuro, no dándola por perdida ni activada la
dación en pago.
Aquellas que sí tengan ingresos suficientes para su sustento
y tengan posibilidad de renegociar la deuda, que puedan acceder a dicha opción
por imposición legal, estableciéndose unos parámetros para ello.
Los bancos que entren en este sistema podrán transmitir a
terceros la nuda propiedad de la vivienda, quedando el usufructo en poder de la
familia embargada y teniendo la oportunidad de negociar, si es de su interés,
la transmisión del mismo.
El Banco de España, por su parte, permitiría a los bancos que
así se vean obligados a actuar, no dotar a provisiones de insolvencias la
totalidad del importe de la deuda sino una parte ajustada a cada circunstancia
con lo que sus cuentas de resultados no se verían tan comprometidas. Y si
incluso el banco afectado se le hace muy cuesta arriba someterse a esta nueva
situación siempre podrá acudir al “banco malo” cuya actividad empieza a ser
efectiva el próximo día uno de diciembre.
Por otra parte no se me va de la cabeza una idea que no
entiendo el porqué no tiene sus frutos. Supongamos un ejemplo en el que una
familia pidió en su día un préstamo con garantía hipotecaria para la
adquisición de su vivienda, domicilio familiar. Supongamos que pidió 130.000 €
y que la deuda hoy por hoy va por 90.000 € más los intereses de demora y gastos
de reclamación, etc. etc., pongamos que ascienden a 110.000 € en total. ¿Por
qué no se dan más casos en que gente con dinero efectivo o disponible, adquiere
dicha vivienda liquidando con el banco? Porque el deudor va a perder su casa sí
o sí y además seguirá manteniendo una
deuda con el banco per omnia secula seculorum, con la consiguiente tara
emocional, de indefensión, etc.
De esta forma, es cierto que la familia pierde su casa (o
puede llegar a un acuerdo con el nuevo comprador) pero ya no le debe nada al
banco, para tristeza de éste pues pierde unos derechos importantes. También el
comprador puede ser un “aprovechado” pero…¿más que el banco? ¿Por qué no se
conocen este tipo de operaciones, las que se hacen?
He comentado por ahí lo que considero un fracaso de los
grandes economistas que la historia ha ido poniendo en nuestro camino y a los
que hemos endiosado…Los ricos, claro. Porque pienso que si no han sido capaces
de crear un sistema económico que nos defienda o tenga en cuenta que la
situación actual no pueda llegarse a dar –familias sin techo, sin alimentos,
sin abrigo, sin sanidad…- , pues se quiebran todos los esquemas. Ni en las
civilizaciones más atrasadas en sus hábitats selváticas o desérticas les falta
el alimento (salvo en los países que sufren sequías y otros problemas), ni el
techo donde cobijarse ni el abrigo, incluso a su modo, la sanidad… Corren tras
un animal, lo cazan y comen. En España no tenemos ni esa posibilidad, al menos
en los núcleos urbanos. Pero somos una sociedad avanzada…
¿Qué fundamento legal serviría de base al Banco de España o
al Gobierno mismo para imponer este sistema (u otros con el mismo fin) a la
banca? Pues básicamente el partir de la base de que el negocio financiero es de
especial impacto en la sociedad, debiendo de regularse de forma diferente a la
actual para evitar que las
circunstancias actuales puedan repetirse. Dado que el derecho que asiste a los
bancos actualmente es común para todos los tipos de actividad económica, el
hecho de que el Gobierno pueda interferir en el mismo correría el riesgo de
aparentar falta de seguridad jurídica en nuestro país. Y eso es grave, pero no
lo sería tanto si las autoridades fueran capaces de explicar que se toman
determinadas medidas que podrían interpretarse como incumplimiento del Derecho
Mercantil o de la mencionada seguridad jurídica, pero en defensa de su pueblo
que se encuentra cada vez más oprimido por las circunstancias, que se hace
además de forma excepcional. Y probablemente surtiría el efecto contrario, es
decir, positivo o muy positivo a comunicarse al mundo entero que en España se
mira por su pueblo antes que al poder económico. Ilusiones…
Parece una verdadera utopía lo que aquí se expone. Dice el
Gobierno que el dinero que se le ha dado –y se le dará- a la banca repercutirá
en el pueblo, en el empresariado pequeño y mediano, en los particulares, de
forma que hará que el dinero y el crédito vuelva a fluir. Pero es que resulta
que los bancos a los que se destina esa ayuda son una minoría en nuestro país,
encabezada por la barbaridad de Bankia y otros más. Pero los demás (¿un 70%?)
bancos que no van a pedir esas ayudas, ¿qué hace el Gobierno para exigirles lo
que exigirá a los auxiliados? Que se sepa, hasta ahora nada de nada. Los
grandes bancos y empresas siguen moviendo sus capitales por otras vías más
seguras que dando préstamos en un país donde casi todo el mundo está a dos
velas y con mínimas garantías de devolver lo que piden. Bueno, un cliente del
que aún se fían es el mismo Gobierno al que les salva el pellejo a diario
comprando una deuda pública al 6% más o menos. Y con la garantía de los
españoles de quienes van a cobrar los intereses generados. Y sin dar un palo al
agua…. Mucho menos una línea de descuento comercial, o de crédito, o un
adelanto de nómina porque, entre otras cosas, ya tampoco las hay…
Esto que aquí se expone vuelvo a decir que puede ser una
utopía. Ojalá llegara a manos de alguien que al menos le dé una idea de cómo solucionar
este gravísimo problema.
Hoy mismo conocemos la idea que en la UE se tiene sobre los
desahucios en España y la ley que los regula, tachándolas de “ilegales”.
También hoy parece haber una disposición por parte de los partidos con mayor
representación de llegar a acuerdos de forma urgente encaminados a detener la
situación. Por el bien de tantos y
tantos compatriotas, Dios quiera que lo consigan.
lunes, 18 de junio de 2012
EMPLEAD@S DE HOGAR...
SERVICIO DEL HOGAR FAMILIAR…
(EMPLEADOS DE HOGAR, NUEVA REGULACIÓN)
Dado que a casa viene una señora
una vez por semana, cinco horas, para realizar trabajos de limpieza y ante la
nueva normativa que regula esta
situación cuya formalización ha de estar hecha antes del 30 de junio de este
año, me he presentado en las oficinas de la Seguridad Social de Las Palmas de
G.C., frente a la antigua Clínica del Pino, para hacer unas serie de consultas
sobre este tema cuya aclaración he de tener bien clara antes de proceder a dar
de alta a la señora mencionada.
Me indican que no es ahí sino en
la Tesorería de la Seguridad Social, en la calle Pérez del Toro, un pelín más
arriba. Después de hacer una pequeña cola de unos veinte minutos, en
Información me indican que no, que aquí tampoco es. Que en todo caso debería
pedir cita previa como indicaba un demacrado y descolorido letrero en blanco y
negro pegado en un atril de esos que se usan para rellenar documentos. Caí en
la cuenta cuando un señor que me antecedía y que ya le estaban atendiendo,
protestaba porque esa nueva norma de la cita previa no se había publicado en
ninguna parte ni se le había dado el tratamiento divulgativo que el caso
requiere. Ya perdería dos días, es decir, el de esta historia y el que le
dieran cita para dentro de una semana (al parecer es lo que tardan en darte
hora).
Planteo a la señorita que me
atiende que si no es en la Seguridad Social, dónde demonios me van a informar
de algo que aunque en principio parece sencillo, en el fondo es más complicado
de lo que parece. Incluso le digo que estoy en la Tesorería General de la
Seguridad Social, que si me puede decir cuánto me va a cobrar en los supuestos
que quiero exponerle… Insiste que no, que no es aquí, que vaya a la Inspección
de Trabajo en la calle Luis Doreste Silva. Eso sí, me da una hojita donde en
siete puntos se resume la nueva regulación pero que sigue sin aclarar mis
dudas, así como la página web de la S.S. que efectivamente aclara mucho en el
FAC de que dispone, pudiendo incluso realizar consultas por e-mail como he
hecho y me han atendido en un tiempo récord. También te puedes bajar una hoja
Excel que te calcula los importes máximos a pagar en caso de indemnización.
Nos presentamos mi señora y yo en
la citada Inspección de Trabajo y al consultar al “seguritas” que atiende en
Información, éste me indica que de eso nada, que los inspectores están para
hacer otro trabajo. Le consulto que si lo que me está diciendo es vinculante
con el Organismo y así me lo confirma, que para informar está él allí…
Por lo tanto deduzco que la
Seguridad Social no dispone de un servicio de información presencial del que
tanto se ha hablado cuando el tema estaba en auge, a finales del pasado año.
¡Búscate la vida!
Y eso he hecho y como me parece
que la cosa es de un abusivo tremendo, paso a comentar mis deducciones al
respecto.
Me parece muy bien que el
anterior Régimen Especial de la Seguridad Social de los Empleados de Hogar se
integren en el Régimen General como un Sistema Especial. Otorga una serie de
derechos y beneficios sociales a este colectivo de los cuales carecían. Ahora bien, existen dos tipos
básica y mayoritariamente de Empleados de Hogar: Los que dedican jornadas
enteras a una sola familia, en muchos de los casos incluso conviviendo con
ellos, que son los que realmente se van a beneficiar de la nueva regulación y
aquellos que trabajan de forma externa, asistiendo a diferentes hogares en días y horas diferentes. Considero un error
el haber metido en el mismo saco a ambas situaciones ya que es sobre este
último donde observo lo siguiente:
-
Si un empleado de hogar trabaja en varias casas,
cada uno de los cabezas de familia de dichas casas han de dar de alta a la
misma persona pero por las horas que le corresponda (obligado hasta si trabaja
una hora al mes). De esta forma puede llegar el caso de que si se trata de un
elevado número de viviendas, las cotizaciones por dicho empleado pueden
resultar excesivas, superando las máximas.
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Es el empleador el obligado a dar de alta al empleado
de su hogar. Tal y como se configura el tema, el primero viene a convertirse en
un empresario con todas las de la ley. Si analizamos la cuestión, resulta que
los empleadores más habituales van a ser personas mayores incapaces de
defenderse por sí solos ante los trámites y responsabilidades que asume y a los
que se le van a exponer a pleitos laborales, a afrontar posibles
indemnizaciones de importante cuantía para ancianos jubilados, además de tener
que afrontar una cantidad importante cada mes por las cuotas a la Seguridad
Social. Es decir, con las conocidas deficiencias de la Ley de Dependencia; el
bloqueo al incremento de sus pensiones, incremento del IRPF, etc., ahora se les
exige meterse en estos, para ellos, problemas.
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Hay que informarse muy bien cuando se trata de
personal extranjero, estar muy al quite si tiene en vigor el famoso Permiso de
Trabajo, diferente al de Residencia.
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Las sanciones por parte de la Administración por
incumplimiento de la nueva Regulación son, como mínimo, de tres mil euros.
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Hay empleados de todo tipo por lo que hay que
considerar la posibilidad de que muchos de ellos vean una oportunidad de
sacarle partido económico a los empleadores, que al ser normalmente gente mayor
son incapaces de prever situaciones de conflicto laboral.
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Si el empleado que tienes en tu casa causa baja
por tiempo indefinido, tú has de seguir pagando tu cuota mensual por él pero
sin que nadie venga a tu casa a hacer su trabajo. Si necesitas que alguien lo
haga, has de contratar a una nueva persona que venga a tu casa y tramitar su
alta en la Seguridad Social, al igual que el primero, pagando también su cuota.
Es decir, doble cuota por el mismo trabajo.
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Las cuotas a pagar hasta finales de 2014 se
benefician de una bonificación del 20% pero aún así siguen siendo cantidades
importantes. Y cada año es más caro hasta llegar a 2019 que se asimilarán a las
tablas del Régimen General a aprobar cada año en los Presupuestos Generales del
Estado. Para dar una cifra orientativa, una empleada de limpieza que asista a
tu casa 5 horas semanales y le pagues a diez euros la hora, a ti te cuesta 46,16
euros mensuales y 9 euros a ella. Como tú pagas las dos juntas –se supone que
le has descontado su aportación en la remuneración- el total sería 55,16 euros
con las tablas de hoy. Aplicando el 22% de bonificación el total se queda en
46,26 euros.
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Aunque no figura por ninguna parte, parece que
el puesto de trabajo en que se convierte tu casa no está sometido a lo
establecido en la ley de Riesgos Laborales, por lo que en principio no habría
que hacer ninguna reforma en esta sentido.
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Si bien los autónomos, profesionales libres,
empresas de cualquier dimensión las cuotas a la Seguridad Social son deducibles
en el Impuesto de Sociedades o en las liquidaciones del IRPF, en este caso no
es así, no te las puedes deducir.
Conozco un caso en el que una
señora extranjera se dedica a hacer limpieza por varias casas y tiene trabajo
toda la semana, atendiendo cada una por tres horas. Y no para. Su marido está
contratado de cocinero en un bar a media jornada y su cartilla sanitaria cubre
al matrimonio y a sus hijos. El marido, en sus ratos libres, trabaja para una
empresa de reformas pero sin estar dado de alta en ningún sitio.
Si bien les reconozco su entrega
al trabajo, pienso que lo que cobra ella y lo que cobra el marido fuera del bar
es dinero limpio que se embolsan, sin pagar un duro ni a Hacienda ni a la
Seguridad Social y sin que nadie les reclame nada. Haciendo justicia a todos
los que hemos trabajado durante tantos años por cuenta ajena, sería justo
reconocer que la situación no puede seguir así.
¿No habría sido más fácil que los
empleados del hogar estén obligados a pagar su Autónomo y a los empleadores
responsabilizarles en el sentido de exigirles que verifiquen dicho extremo
antes de contratar a nadie y que fueran sancionados si no lo hicieran?
Lógicamente el Estado recaudaría
menos con las cuotas de Autónomos que con el nuevo invento, con el que se han
pasado unos cuantos pueblos.
Por lo que he oído, las altas
registradas hasta este mes de junio no han sido, ni mucho menos, las esperadas
por el Gobierno. En una entrevista realizada a un alto responsable del
Ministerio, éste manifestaba que parece que la gente se ha rebelado contra esta
nueva normativa por lo que tomarían las medidas oportunas. ¿Estaría amenazando
o pensaba en hacer una nueva reforma? Descartaba ampliar el plazo del 30 de
junio para regularizar la situación de los empleados del hogar.
He escuchado casos en que la
empleada ha perdido su trabajo ante la negativa de los empleadores a darles de
alta en la Seguridad Social, bien por el coste económico, bien por la nueva
situación que se les plantea. Otros donde es la empleada quien requiere que se
le dé de alta y el empleador le ha subido el sueldo si no lo hacía. ¿Podrán las
madres solteras que perciben un subsidio por ese motivo, perder el mismo?
18 de junio de 2.012
martes, 12 de junio de 2012
100.000.000.000 €…. de ayuda… ¿a quién o quiénes?
100.000.000.000 €…. de ayuda… ¿a
quién o quiénes?
La línea de crédito concedida a
España por la UE para el saneamiento de la banca española, más que tranquilizar
a los españoles e inversores, parece haber tenido el efecto contrario ante las
preguntas que ambos colectivos se hacen y que al parecer no tienen una
respuesta clara.
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Al ser concedida a través del FROB, en caso de
que los bancos a los que se les conceda las ayudas no puedan devolverlas, lo
hará el Estado con dinero público.
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Dicen que ese dinero irá destinado a que por fin
fluya el crédito en la economía del país, sin lo cual se hace imposible
reactivar la actividad económica. Pero si los bancos necesitados suponen el 30%
de los que existen en España (el 70% está saneado, con grandes beneficios y con
liquidez pero colocada fuera del país), ¿cómo se puede entender que ese 30% -la
gran mayoría acaparada por Bankia- se supone que se destinará a su saneamiento,
nueva puesta a punto y con recursos suficientes para hacer llegar masa
monetaria a la población (particulares y pequeñas y medianas empresas-80% de la
producción nacional-), además de devolver los millones que reciben? ¿Y quién va
a obligar al 70% de los bancos restantes a que destinen recursos a fluir el
crédito a pequeñas empresas, en lugar de dedicarlos a inversiones en el
extranjero con pingües beneficios?
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¿Por qué esa mayoría de bancos saneados no han
resuelto el problema del 30% restante y se ha tenido que recurrir a este
rescate? A buen entendedor, pocas palabras
basta.
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Con todo esto cabe pensar que al final de este
proceso, los ricos serán más ricos y los pobres aún más pobres, sin salida
posible de esta crisis que tanto daño y desgracias ha traído y sigue trayendo a
nuestro país, arrastrando incluso al propio euro a su desaparición siempre y
cuando a la clase política actual –española y europea-le interese, claro.
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Y los bancos continuarán por mucho tiempo
echando sus hurones dentro de los hogares españoles, expulsando de los mismos a
sus moradores y exponiéndoles a situaciones de difícil explicación en una
sociedad que nos creemos que es demócrata…
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Y…..
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