lunes, 18 de junio de 2012

EMPLEAD@S DE HOGAR...


SERVICIO DEL HOGAR FAMILIAR… (EMPLEADOS DE HOGAR, NUEVA REGULACIÓN)
Dado que a casa viene una señora una vez por semana, cinco horas, para realizar trabajos de limpieza y ante la nueva normativa que  regula esta situación cuya formalización ha de estar hecha antes del 30 de junio de este año, me he presentado en las oficinas de la Seguridad Social de Las Palmas de G.C., frente a la antigua Clínica del Pino, para hacer unas serie de consultas sobre este tema cuya aclaración he de tener bien clara antes de proceder a dar de alta a la señora mencionada.
Me indican que no es ahí sino en la Tesorería de la Seguridad Social, en la calle Pérez del Toro, un pelín más arriba. Después de hacer una pequeña cola de unos veinte minutos, en Información me indican que no, que aquí tampoco es. Que en todo caso debería pedir cita previa como indicaba un demacrado y descolorido letrero en blanco y negro pegado en un atril de esos que se usan para rellenar documentos. Caí en la cuenta cuando un señor que me antecedía y que ya le estaban atendiendo, protestaba porque esa nueva norma de la cita previa no se había publicado en ninguna parte ni se le había dado el tratamiento divulgativo que el caso requiere. Ya perdería dos días, es decir, el de esta historia y el que le dieran cita para dentro de una semana (al parecer es lo que tardan en darte hora).
Planteo a la señorita que me atiende que si no es en la Seguridad Social, dónde demonios me van a informar de algo que aunque en principio parece sencillo, en el fondo es más complicado de lo que parece. Incluso le digo que estoy en la Tesorería General de la Seguridad Social, que si me puede decir cuánto me va a cobrar en los supuestos que quiero exponerle… Insiste que no, que no es aquí, que vaya a la Inspección de Trabajo en la calle Luis Doreste Silva. Eso sí, me da una hojita donde en siete puntos se resume la nueva regulación pero que sigue sin aclarar mis dudas, así como la página web de la S.S. que efectivamente aclara mucho en el FAC de que dispone, pudiendo incluso realizar consultas por e-mail como he hecho y me han atendido en un tiempo récord. También te puedes bajar una hoja Excel que te calcula los importes máximos a pagar en caso de indemnización.
Nos presentamos mi señora y yo en la citada Inspección de Trabajo y al consultar al “seguritas” que atiende en Información, éste me indica que de eso nada, que los inspectores están para hacer otro trabajo. Le consulto que si lo que me está diciendo es vinculante con el Organismo y así me lo confirma, que para informar está él allí…
Por lo tanto deduzco que la Seguridad Social no dispone de un servicio de información presencial del que tanto se ha hablado cuando el tema estaba en auge, a finales del pasado año. ¡Búscate la vida!
Y eso he hecho y como me parece que la cosa es de un abusivo tremendo, paso a comentar mis deducciones al respecto.
Me parece muy bien que el anterior Régimen Especial de la Seguridad Social de los Empleados de Hogar se integren en el Régimen General como un Sistema Especial. Otorga una serie de derechos y beneficios sociales a este colectivo de los cuales  carecían. Ahora bien, existen dos tipos básica y mayoritariamente de Empleados de Hogar: Los que dedican jornadas enteras a una sola familia, en muchos de los casos incluso conviviendo con ellos, que son los que realmente se van a beneficiar de la nueva regulación y aquellos que trabajan de forma externa, asistiendo a diferentes hogares  en días y horas diferentes. Considero un error el haber metido en el mismo saco a ambas situaciones ya que es sobre este último donde observo lo siguiente:
-        Si un empleado de hogar trabaja en varias casas, cada uno de los cabezas de familia de dichas casas han de dar de alta a la misma persona pero por las horas que le corresponda (obligado hasta si trabaja una hora al mes). De esta forma puede llegar el caso de que si se trata de un elevado número de viviendas, las cotizaciones por dicho empleado pueden resultar excesivas, superando las máximas.
-        Es el empleador el obligado a dar de alta al empleado de su hogar. Tal y como se configura el tema, el primero viene a convertirse en un empresario con todas las de la ley. Si analizamos la cuestión, resulta que los empleadores más habituales van a ser personas mayores incapaces de defenderse por sí solos ante los trámites y responsabilidades que asume y a los que se le van a exponer a pleitos laborales, a afrontar posibles indemnizaciones de importante cuantía para ancianos jubilados, además de tener que afrontar una cantidad importante cada mes por las cuotas a la Seguridad Social. Es decir, con las conocidas deficiencias de la Ley de Dependencia; el bloqueo al incremento de sus pensiones, incremento del IRPF, etc., ahora se les exige meterse en estos, para ellos, problemas.
-        Hay que informarse muy bien cuando se trata de personal extranjero, estar muy al quite si tiene en vigor el famoso Permiso de Trabajo, diferente al de Residencia.
-        Las sanciones por parte de la Administración por incumplimiento de la nueva Regulación son, como mínimo, de tres mil euros.
-        Hay empleados de todo tipo por lo que hay que considerar la posibilidad de que muchos de ellos vean una oportunidad de sacarle partido económico a los empleadores, que al ser normalmente gente mayor son incapaces de prever situaciones de conflicto laboral.
-        Si el empleado que tienes en tu casa causa baja por tiempo indefinido, tú has de seguir pagando tu cuota mensual por él pero sin que nadie venga a tu casa a hacer su trabajo. Si necesitas que alguien lo haga, has de contratar a una nueva persona que venga a tu casa y tramitar su alta en la Seguridad Social, al igual que el primero, pagando también su cuota. Es decir, doble cuota por el mismo trabajo.
-        Las cuotas a pagar hasta finales de 2014 se benefician de una bonificación del 20% pero aún así siguen siendo cantidades importantes. Y cada año es más caro hasta llegar a 2019 que se asimilarán a las tablas del Régimen General a aprobar cada año en los Presupuestos Generales del Estado. Para dar una cifra orientativa, una empleada de limpieza que asista a tu casa 5 horas semanales y le pagues a diez euros la hora, a ti te cuesta 46,16 euros mensuales y 9 euros a ella. Como tú pagas las dos juntas –se supone que le has descontado su aportación en la remuneración- el total sería 55,16 euros con las tablas de hoy. Aplicando el 22% de bonificación el total se queda en 46,26 euros.
-        Aunque no figura por ninguna parte, parece que el puesto de trabajo en que se convierte tu casa no está sometido a lo establecido en la ley de Riesgos Laborales, por lo que en principio no habría que hacer ninguna reforma en esta sentido.
-        Si bien los autónomos, profesionales libres, empresas de cualquier dimensión las cuotas a la Seguridad Social son deducibles en el Impuesto de Sociedades o en las liquidaciones del IRPF, en este caso no es así, no te las puedes deducir.
Conozco un caso en el que una señora extranjera se dedica a hacer limpieza por varias casas y tiene trabajo toda la semana, atendiendo cada una por tres horas. Y no para. Su marido está contratado de cocinero en un bar a media jornada y su cartilla sanitaria cubre al matrimonio y a sus hijos. El marido, en sus ratos libres, trabaja para una empresa de reformas pero sin estar dado de alta en ningún sitio.
Si bien les reconozco su entrega al trabajo, pienso que lo que cobra ella y lo que cobra el marido fuera del bar es dinero limpio que se embolsan, sin pagar un duro ni a Hacienda ni a la Seguridad Social y sin que nadie les reclame nada. Haciendo justicia a todos los que hemos trabajado durante tantos años por cuenta ajena, sería justo reconocer que la situación no puede seguir así.
¿No habría sido más fácil que los empleados del hogar estén obligados a pagar su Autónomo y a los empleadores responsabilizarles en el sentido de exigirles que verifiquen dicho extremo antes de contratar a nadie y que fueran sancionados si no lo hicieran?
Lógicamente el Estado recaudaría menos con las cuotas de Autónomos que con el nuevo invento, con el que se han pasado unos cuantos pueblos.
Por lo que he oído, las altas registradas hasta este mes de junio no han sido, ni mucho menos, las esperadas por el Gobierno. En una entrevista realizada a un alto responsable del Ministerio, éste manifestaba que parece que la gente se ha rebelado contra esta nueva normativa por lo que tomarían las medidas oportunas. ¿Estaría amenazando o pensaba en hacer una nueva reforma? Descartaba ampliar el plazo del 30 de junio para regularizar la situación de los empleados del hogar.
He escuchado casos en que la empleada ha perdido su trabajo ante la negativa de los empleadores a darles de alta en la Seguridad Social, bien por el coste económico, bien por la nueva situación que se les plantea. Otros donde es la empleada quien requiere que se le dé de alta y el empleador le ha subido el sueldo si no lo hacía. ¿Podrán las madres solteras que perciben un subsidio por ese motivo, perder el mismo?
18 de junio de 2.012








martes, 12 de junio de 2012

100.000.000.000 €…. de ayuda… ¿a quién o quiénes?


100.000.000.000 €…. de ayuda… ¿a quién o quiénes?

La línea de crédito concedida a España por la UE para el saneamiento de la banca española, más que tranquilizar a los españoles e inversores, parece haber tenido el efecto contrario ante las preguntas que ambos colectivos se hacen y que al parecer no tienen una respuesta clara.
-        Al ser concedida a través del FROB, en caso de que los bancos a los que se les conceda las ayudas no puedan devolverlas, lo hará el Estado con dinero público.
-        Dicen que ese dinero irá destinado a que por fin fluya el crédito en la economía del país, sin lo cual se hace imposible reactivar la actividad económica. Pero si los bancos necesitados suponen el 30% de los que existen en España (el 70% está saneado, con grandes beneficios y con liquidez pero colocada fuera del país), ¿cómo se puede entender que ese 30% -la gran mayoría acaparada por Bankia- se supone que se destinará a su saneamiento, nueva puesta a punto y con recursos suficientes para hacer llegar masa monetaria a la población (particulares y pequeñas y medianas empresas-80% de la producción nacional-), además de devolver los millones que reciben? ¿Y quién va a obligar al 70% de los bancos restantes a que destinen recursos a fluir el crédito a pequeñas empresas, en lugar de dedicarlos a inversiones en el extranjero con pingües beneficios?
-        ¿Por qué esa mayoría de bancos saneados no han resuelto el problema del 30% restante y se ha tenido que recurrir a este rescate? A buen entendedor, pocas palabras  basta.
-        Con todo esto cabe pensar que al final de este proceso, los ricos serán más ricos y los pobres aún más pobres, sin salida posible de esta crisis que tanto daño y desgracias ha traído y sigue trayendo a nuestro país, arrastrando incluso al propio euro a su desaparición siempre y cuando a la clase política actual –española y europea-le interese, claro.
-        Y los bancos continuarán por mucho tiempo echando sus hurones dentro de los hogares españoles, expulsando de los mismos a sus moradores y exponiéndoles a situaciones de difícil explicación en una sociedad que nos creemos que es demócrata…
-        Y…..